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La JCE descarta irregularidad en 136 casos de supuestos excluidos en padrón del exterior

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La Junta Central Electoral (JCE), a través de su Dirección del Voto del Dominicano en el Exterior, investigó los 136 casos recibidos de parte del partido Fuerza del Pueblo (FP) sobre dominicanos supuestamente excluidos del padrón del exterior, e informó hoy que los resultados determinaron que no hay irregularidades en dichos casos, sino que responden “a una diversidad de casuísticas”.

En una nota de prensa la JCE informó que, de los 136 casos, 92 corresponden a cédulas no renovadas (amarillas), 16 a electores menores de edad (al 17 de mayo de 2020), 13 a electores fallecidos, 10 a electores debidamente empadronados, cuatro a cédulas con categoría militar y uno a cédula cancelada por la institución.

La JCE indicó que esta información fue notificada a dicho partido en una reunión celebrada por la Oficina de Coordinación de Logística Electoral en el Exterior (OCLEE) de Nueva York y los delegados políticos acreditados, el pasado 19 de junio.

Precisó que también fueron evaluados y respondidos 24 casos recibidos vía redes sociales por parte de la Dirección de Comunicaciones de la JCE, y que no se han tenido “noticias de nuevos casos concretos de electores que, habiendo estado empadronados para el proceso del año 2016, ahora mostraran un cambio no autorizado voluntariamente por ellos, respecto al padrón oficial a ser utilizado en las elecciones del 5 de julio”.


Reitera que solo votarán en el exterior los inscritos en el padrón

El Pleno de la JCE reiteró mediante una declaración pública sobre el voto en el exterior que asume de pleno derecho el criterio legal de que en los colegios del exterior solo podrán votar aquellos ciudadanos que se hayan empadronado para hacerlo, y que no podrán votar en los colegios electorales ubicados en el territorio nacional.

En tal sentido, indicó que la lista contentiva del Registro de Electores Residentes en el Exterior (Padrón del Exterior) cerró definitivamente con un total general de 595,879 electores inscritos el 17 de enero de 2020 y que dicha lista fue entregada a todos los partidos políticos el 6 de abril de 2020.

El Pleno reiteró que la circunstancia de que un ciudadano resida en el extranjero, no necesariamente determina per se que esté inscrito en el Padrón de Electores del Exterior, ya que, tal y como precisa la ley, debe inscribirse previamente de forma voluntaria con tal propósito

Recordó que para las pasadas elecciones de 2016, en fecha 8 de mayo del 2016, la JCE dictó la Resolución No. 72-2016, mediante la cual dispuso autorizar a las autoridades de los colegios electorales en el exterior, a que permitan el ejercicio del sufragio a los electores que se presenten por ante los colegios electorales con su nueva cédula de identidad y electoral, aunque por alguna razón no figuren en la lista de electores de ese colegio.

“Que, como consecuencia de la mencionada Resolución, de última hora, muchos dominicanos que residían o estaban de tránsito en alguna ciudad del exterior donde se ejerce el sufragio de los dominicanos y que tuvieran la nueva cédula de identidad y electoral, pudieron votar sin estar inscritos en el Padrón del Exterior”, recalcó.

El Pleno enfatizó que, en cumplimiento de la ley, se asume de pleno derecho el criterio legal de que en los colegios del exterior solo podrán votar aquellos que se hayan empadronado para hacerlo y reiteró que los empadronados en el exterior no podrán votar en los colegios electorales ubicados en el territorio nacional.

Los 595,879 dominicanos empadronados para las próximas elecciones del 5 de julio, representan el 7.9 % del padrón general. La mayoría de los votantes está en los Estados Unidos.

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