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Las compras y contrataciones de bienes y servicios declarados de emergencia durante la pandemia del COVID-19 deberán ser previamente autorizados por el Comité de Emergencia y Gestión Sanitaria

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Las compras y contrataciones de bienes y servicios declarados de emergencia durante la pandemia del COVID-19 deberán ser previamente autorizados por el Comité de Emergencia y Gestión Sanitaria, vía la Comisión de Alto Nivel para la Prevención y Control del Coronavirus.

Así lo estableció este viernes el presidente de la República, Danilo Medina, mediante el decreto 214-2020, el cual establece que dichas compras fueron declaras de emergencia mediante el decreto 133-20 del 19 de marzo, debido a la pandemia del COVID-19.

Anteriormente, el presidente creó la Comisión de Veeduría Ciudadana COVID-19 para dar seguimiento y monitorear los procesos de compras y contrataciones llevados a cabo bajo el esquema de compras de emergencia, luego de que se hicieran denuncias de supuestas malas prácticas en los procesos.

De igual forma, la Dirección General de Contrataciones Públicas publicó un manual que estandariza los requisitos mínimos que deben cumplir las instituciones al convocar procedimientos declarados de emergencia.

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