La Superintendencia de Electricidad emitió este viernes una resolución en la que prohíbe a todas las empresas distribuidoras de energía, tanto públicas como privadas, el corte de la energía a los usuarios por falta de pagos durante los 25 días que abarca el periodo de emergencia decretado por el Gobierno a raíz de la pandemia del COVID-19.
A través de la Resolución SIE-016-2020-MEMI, la entidad instruyó a las todas compañías distribuidoras de energía y propietarios de redes eléctricas en el territorio nacional a “abstenerse de realizar la suspensión del suministro eléctrico a todos los usuarios, que conforme a condiciones normativamente dispuestas aplique para dicha suspensión por falta de pago, hasta tanto haya cesado la declaratoria de estado de emergencia”.
En artículo 2 de la resolución indica que “solo podrán suspender el suministro eléctrico al usuario por las razones establecidas en la normativa, con excepción manifiesta y expresa, de la falta de pago al vencimiento de la factura respectiva”.
Asimismo, la Superintendencia establece que dicha suspensión al suministro por falta de pago tendrá una vigencia de 10 días contados a partir de que haya cesado la declaratoria del estado de emergencia.
El pontífice, de 88 años, permaneció en silla de ruedas en el balcón de la…
En la Universidad Internacional de Florida, las reacciones variaron desde el miedo entre los estudiantes…
Afirma que los resultados de las auditorías serán cruciales para que los tribunales puedan determinar…
La mayoría de los decesos se produjeron por accidentes de tránsito que involucraron motocicletas Diez…
La Dirección de Persecución del Ministerio Público ha puesto en marcha varias “diligencias procesales” sobre…
El hombre se vendió como un héroe en medio de la tragedia en Jet Set…