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*Fiscalía de Santiago logra condena de 15 años contra policía que mató niño durante celebración del carnaval en 2023*

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“Por la sapiencia el acusado debió de saber que no podía sacar y manipular un arma en esas circunstancias”_ reflexionó el tribunal Santiago (RD), jueves, 19 de septiembre de 2024. La Fiscalía de Santiago logró que un tribunal de esta demarcación judicial hallara suficiencia probatoria e impusiera una condena de 15 años de reclusión mayor contra el agente de la Policía Nacional que cometió el homicidio intencionado de un niño, al disparar, queriendo matar al padre de la víctima, en medio de la celebración del carnaval de Santiago, en febrero del año 2023. La condena la impuso el Primer Tribunal Colegiado de este distrito judicial contra el cabo Alejandro Castro Cruz, quien, a juicio del juzgador, “no cometió el hecho en el ejercicio del deber que le confiere la institución del orden”, sino, que violentó los protocolos que le exige el organismo de salvaguardar la vida de los ciudadanos, una aseveración planteada por la Fiscalía de Santiago en su escrito de acusación. El debate durante la audiencia de fondo que se extendió por más de 4 horas, antes de que el tribunal se retirara a deliberar, lo lideró, por parte del órgano acusador, el fiscal litigante Pedro Martínez, quien, basándose en múltiples evidencias periciales, materiales y testimoniales, planteó al tribunal la pertinencia de imponer la pena privativa de libertad. La Fiscalía de Santiago destruyó la presunción de inocencia del procesado, cuya defensa promovía la teoría de la excusa legal de la provocación, elementos que el órgano investigador rechazó al imponerse el criterio de que la provocación, por demás, se habría dado en un escenario sin interrupciones. La condena se impone en atención a la calificación jurídica establecida en los artículos 186, 295, 304 y 309 del Código Penal Dominicano, los cuales tipifican y establecen sanciones contra el abuso de autoridad en contra de particulares, golpes y heridas, así como homicidio voluntario. “Por la sapiencia el acusado debió de saber que no podía sacar y manipular un arma en esas circunstancias porque por esa acción se produjo un hecho fatídico”, reflexionó el tribunal, integrado por los jueces Juan Carlos Colón, Claribel Mateo y Yasmín de los Santos. El tribunal indicó que el imputado obró con intención de quitarle la vida al ciudadano Anthony Martínez, alcanzando con el disparo a su hijo D.J.M.T., de 11 años de edad. Dirección General de Comunicación, Prensa, y RRPPMinisterio Público. R.D.Jueves, 19 de septiembre de 2024

Yurel De Jesús

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