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El presidente de la República, Danilo Medina, levantó oficialmente el estado de emergencia que fue declarado el 19 de marzo debido a la pandemia del coronavirus

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El presidente de la República, Danilo Medina, levantó este miércoles el estado de emergencia que fue declarado el 19 de marzo debido a la pandemia del coronavirus.

Así lo informó el director de Comunicaciones del Gobierno, Roberto Rodríguez Marchena, en su cuenta de Twitter. El levantamiento del estado de excepción queda establecido en el decreto 237-20.

Ayer fue el último día del estado de emergencia, después de 104 días de su declaratoria por el presidente, como una medida, junto al toque de queda, de restringir la movilidad de las personas para evitar la rápida propagación del COVID-19.

El estado de excepción fue declarado en el territorio nacional 18 días después de que se informara sobre el primer caso de coronavirus, el cual, en cuatro meses, ha infectado a 33,387 personas, ha causado la muerte a 754; mientras, 17,904 se han recuperados.

La declaratoria del estado de excepción implicó la suspensión de actividades comerciales (a excepción de supermercados, colmados, gasolineras, farmacias, entre otras), el cierre de fronteras terrestre, marítimas y aéreas, y la suspensión de la docencia.

Esto no obligó el confinamiento obligatorio de la población, pero sí se les recomendó salir lo menos posible de sus hogares y solo hacerlo en caso de ser muy necesario como ir a un centro de salud o adquirir alimentos.

Prórrogas

El mandatario solicitó al Congreso Nacional cinco prórrogas del estado de emergencia. Danilo Medina no requirió una sexta porque cada vez se le hacía más difícil conseguir el voto favorable en la Cámara de Diputados, según él mismo reconoció. Además, para facilitar el desenvolvimiento de las elecciones presidenciales y congresuales del próximo domingo 5 de julio.

Territorio epidémico nacional

Ya terminando el estado de emergencia, el Ministerio de Salud Pública declaró epidémico el territorio nacional, mediante la resolución 0018, en virtud de la Ley 42-01 General de Salud.

El documento establece que se mantienen clausurados los establecimientos de entretenimiento y recreación como casinos, discotecas, salas de cine y teatros.

De igual forma, los eventos comerciales, culturales, artísticos, deportivos en estadios, palacios de deportes, arenas, galleras y lugares similares; así como la apertura de casinos, bares y discotecas.

Rafael Sánchez Cárdenas, titular de Salud Pública, advirtió que se multará a clausurará de manera temporal a los establecimientos que no cumplan con dicha disposición.

Turismo

Terminado el estado de emergencia, el país abrió este miércoles sus fronteras aéreas al turismo, recibiendo los primeros vuelos comerciales bajo medidas sanitarias.

Yurel De Jesús

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