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El no uso de mascarillas se considera como una violación a dicha ley, la cual será sancionada con multas que oscilan entre uno y diez salarios mínimos.

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El ministro de Salud Pública emitió este lunes la resolución 00-16 en la que ordena de carácter obligatorio el uso de mascarillas en los espacios públicos y espacios privados de uso colectivo como medida para mitigar y controlar la propagación del COVID-19 en el país.

La resolución indica que la ley No. 42-01 establece que el incumplimiento de las medidas dispuestas por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social para prevenir y controlar las enfermedades transmisibles se considera como una violación a dicha ley, la cual será sancionada con multas que oscilan entre uno y diez salarios mínimos.

La resolución exhorta a la población a observar las demás medidas de higiene y distanciamiento físico recomendadas por las autoridades y organismos especializados.

Además instruye a los funcionarios del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social e instituciones del Sistema Nacional de Salud a adoptar las medidas necesarias para asegurar el cumplimiento de esta resolución.

El documento fue enviado para su conocimiento y requerimiento de asistencia en el cumplimiento de la medida dispuesta en la presente resolución.

Yurel De Jesús

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